Responsabilidad civil.
Date
2006
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Publisher
Benemérita Universidad Autónoma de Puebla
Abstract
La presente Tesis se desglosa en tres aspectos fundamentales, dejar claramente establecido que el problema de humanidad, y que sin duda alguna tuvo su origen en la conducta delictual, situación muy diferente a la responsabilidad objetiva originada por el uso de cosas peligrosas tema vertebral que pretendo desarrollar en los tres capítulos con que consta este trabajo, la responsabilidad objetiva fue desconocida en la antigüedad, pues es difícil considerar que en una sociedad simple carente de tecnología existiera esta institución.
Creemos firmemente que el objetivismo surgió con la Revolución Industrial es decir es producto del maquinismo, del enorme avance que ha surgido en los últimos tiempos sobre todo en el auge de los medios de transporte, hoy en día es tan sofisticado, así como grandes depósitos de substancias nucleares, o la construcción de grandes edificios que por su peso constituyen por sí mismos cosas peligrosas, riesgos que no conocieron las antiguas sociedades, normalmente dedicadas a la agricultura, a la caza, a la pesca sobre todo que las realizaban en forma rudimentaria.
Actualmente sucede todo lo contrario pues aún estas mismas actividades, se llevan a cabo con instrumentos altamente peligrosos no solamente para quienes realizan dichas actividades sino también para terceros ajenos a las mismas y aunque se ponga en ellas las diligencias necesarias, no obstante, se causa daños los cuales hay la necesidad de reparar surgen entonces las interrogantes en caso de daño ¿a quién se le va a reparar dicho daño? O ¿Quién está legitimado para exigir la indemnización?
Esta es pues la segunda finalidad de mi trabajo que tiene por objeto explicar el problema de resarcimiento.
Indudablemente que el pago le corresponde a quien se le causo daño, dicho en forma más sencilla estará legitimado para exigir la reparación o la indemnización el titular del derecho que fue violado, pero si el daño se causa a las personas y estas mueren ¿A quién se va a indemnizar? La legislación vigente en concordancia con la jurisprudencia otorga dicho beneficio a favor de los ascendientes descendientes, cónyuge y demás personas que hacían viada en común con la víctima.
Finalmente, en el capítulo tercero, me refiero a las formas de indemnización, es decir a las formas de reparar el daño la legislación vigente es precisa en el sentido de que permite a elección del ofendido, el restablecimiento de la situación anterior cuando ello sea posible, en caso contrario, el pago de daños y perjuicios.