Pérez Becerra, José LuisPérez Becerra, José Luis;*CA1238960Osorio Carrillo, César Gabriel2020-10-292020-10-292018-05https://hdl.handle.net/20.500.12371/8757“La reforma constitucional en materia penal publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio de 2008 implica la transformación del sistema de justicia penal mexicano, transitando del proceso penal mixto a uno de corte acusatorio. Con ello que pretende terminar con los procesos penales con rasgos autoritarios, plagados de oscuridad, secrecía y parcialidad, para abrirle paso a procesos transparentes, dirigidos bajo el pleno respeto a los derechos humanos, pretendiendo un equilibrio e igualdad entre las partes. La aplicación de la prisión preventiva como regla general es señalada como una de las causas más importantes de las deficiencias del sistema penitenciario y de seguridad pública en general, independientemente las graves violaciones de derechos humanos de los internos estrechamente relacionadas a esta situación. Existe una problemática en cuanto al altísimo nivel de internos en los centros de reinserción social de nuestro país, quienes sin haber recibido sentencia condenatoria se encuentran recluidos en prisión oficiosamente en razón del ordenamiento procesal punitivo vigente en la época en que presuntamente se cometió el ilícito que al considerarlo grave el delito por el que se les juzga”.pdfspaCIENCIAS SOCIALESDetención preventiva--MéxicoPrisiones--MéxicoProcedimiento penal--MéxicoDerecho penal--MéxicoLa retroactividad de la ley procesal a favor del reo en materia de prisión preventiva oficiosaTesis de maestríaAdministración de justicia penal--MéxicoopenAccess