Moreno Sánchez, Carlos AntonioMORENO SANCHEZ, CARLOS ANTONIO; 315138Martínez Velázquez, Rodrigo2020-05-272020-05-272014-12https://hdl.handle.net/20.500.12371/6298"El matrimonio desde el punto de vista jurídico debe analizarse desde dos momentos: el de su celebración, y el posterior a esa celebración. La Iglesia ha puesto mucho énfasis en el consentimiento: por lo que se asemejaría a la figura de un contrato. Desde nuestro orden jurídico, se trata de un acto jurídico, al momento de su celebración, y analizar sus sujetos, su forma, su prueba, y todo aquello relacionado al acto jurídico. Pero no queda allí el matrimonio, en un mero acto jurídico, ese acto jurídico es una puerta de entrada a la Institución del matrimonio establecida por la ley, como vínculo preorganizado de manera imperativa por la ley. La familia, que es una institución entendida como sistema de normas, no significa que el legislador pueda disponer el contenido de esas normas según su arbitrio".spaCIENCIAS SOCIALESMatrimonioDerecho matrimonialDerecho civil--PueblaFamilias--HistoriaRelaciones familiaresFamilias disfuncionalesDivorcio--Leyes y legislación--MéxicoAnálisis de la situación de la familia en el estado de Puebla en el siglo XXITesis de maestríaopenAccess