Muñoz Victoria, JoséSalazar González, Gandhi2024-11-202024-11-202007https://hdl.handle.net/20.500.12371/22515La democracia constitucional es un sistema de gobierno creciente en los regímenes occidentales, pero enfrenta dificultades y debilidades en su desarrollo. A pesar de intentos de dictadores como Francisco Franco y Augusto Pinochet de usar mecanismos democráticos para legitimar sus regímenes, la democracia sigue siendo una forma flexible de gobierno que no puede ser tergiversada. Entre las principales ventajas de la democracia constitucional están las garantías individuales y sociales, que constituyen derechos inalienables de los ciudadanos, que deben ser garantizados por los gobernantes según la Constitución y tratados internacionales. Uno de estos derechos es el derecho de petición, que implica también el derecho de respuesta. Sin embargo, la práctica ha demostrado que los gobernantes a menudo ignoran este derecho. Por ello, el texto aboga por que los derechos implícitos se expresen de forma explícita, con la obligación de las autoridades de responder a las peticiones de los ciudadanos. Esta investigación tiene como objetivo reglamentar el derecho de respuesta y establecer bases para que las autoridades cumplan con este deber, tal como lo establece el artículo 39 de la Constitución Mexicana. Se busca que las respuestas sean siempre respetuosas y muestren el interés de las autoridades por atender a la ciudadanía.spaEl derecho de petición en la tradición jurídica mexicana: prospectiva y retrospectivaTesis de licenciaturarestrictedAccessD2007 S3D4