Rivera Pineda, ArturoRIVERA PINEDA, ARTURO; 217213Correa Pascacio, Marco Antonio2021-01-162021-01-162015-03https://hdl.handle.net/20.500.12371/10034"De acuerdo con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en el artículo 40 se establece: “Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, laica, federal, compuesta de Estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior; pero unidos en una federación establecida según los principios de esta ley fundamental”. De dicho artículo se desprende un principio básico del Estado Mexicano la Democracia, la cual en nuestro país se lleva a cabo mediante un modelo representativo o también llamado indirecto, en el que los ciudadanos eligen a cierto número de representantes, quiénes serán los encargados de tomar las decisiones de gobierno, es decir, en la democracia indirecta de cierto modo se minimiza la participación ciudadana, ya que únicamente se otorga el derecho al sufragio, entendiéndose esta prerrogativa como el derecho a votar y a ser votado".pdfspaCIENCIAS SOCIALES Y ECONÓMICASParticipación política--MéxicoPopulismoDerecho constitucional--MéxicoGobierno representativoAnálisis de los mecanismos de democracia directa y participativa en el mundo occidental (México-España)Tesis de maestríaopenAccess