De los Ángeles Vargas, PatriciaMata Martínez, Marisol2024-12-122024-12-122010https://hdl.handle.net/20.500.12371/23223"Todos los países del mundo, o al menos los más fuertes económicamente hablando, protegen sus fronteras del ingreso de extranjeros; para ello delimitan quiénes son nacionales y por exclusión quiénes son extranjeros. En todas las constituciones del orbe están reglamentados el jus soli y el jus sanguinis. Nuestro país adopta, junto con otros países, ambos conceptos, o sea, a la persona nacida en territorio mexicano y a la persona nacida de sus nacionales en cualquier parte del mundo. Acepta también jus optandi, que es la opción de una persona de expresar su opinión y su decisión de ser mexicano. El jus domicili es el derecho que tiene un extranjero, por haber fijado su domicilio en el país, para comparecer ante la Secretaria de Relaciones Exteriores y llenar los requisitos para ser aceptado como mexicano, a través del procedimiento de naturalización."spaEl maltrato a los emigrantesTesinarestrictedAccessD2010 M3M3