Mozo Arista, José SalvadorGalicia Castillo, Juan Manuel2025-06-062025-06-062017-01https://hdl.handle.net/20.500.12371/28770"Como los terrenos afectados por los derechos de vía o servidumbre de paso, no se encuentran en un mercado abierto, sino que es un mercado atípico o de no mercado por ser bienes únicos, en donde solo existe un comprador interesado, ya que la demanda por estos terrenos es debido a que cumplen con los atributos necesarios para la viabilidad de un proyecto en específico, por lo que no es posible encontrar un bien sustituto para dichos terrenos. La presente propuesta se deriva sobre la metodología de los Procedimientos Técnicos emitidos por la Secretaria de la Función Pública, a través del Instituto de Administración de Avalúos de Bienes Nacionales (INDDABIN), para determinar el monto de compensación y de indemnizaciones por la expropiación, ocupación temporal o limitación de derechos de dominio, sobre bienes inmuebles y nacionalización de unidades económicas por causa de utilidad pública. Así como afectación por actos de autoridad y reparación de daños y perjuicios, que pague el Gobierno Federal, cuando por causas de utilidad pública previa declaratoria del Ejecutivo Federal, se proceda con la liberación del derecho de vía mediante la constitución de servidumbre de paso y/o cesión onerosa de derechos posesorios".pdfspaINGENIERÍA Y TECNOLOGÍAUso del suelo--Negocios inmobiliarios--ValoraciónTransporte y comunicaciones--Ingeniería del tránsito--Por materia--Uso de derechos de pasoDerecho de paso--México--PueblaBienes raíces--Valoración--México--PueblaValuación de predios afectados por servidumbre de paso en el núcleo agrario, cabecera de indígenasTesis de maestríaopenAccess