Arellano Díaz, MarcosGonzález Sil, José Alberto2020-12-012020-12-012015-07https://hdl.handle.net/20.500.12371/9455“El artículo 5 de la norma técnica del Sistema Geodésico Nacional publicada en el DOF el 23 de diciembre de 2010, establece que el Sistema de Referencia Geodésico del país se materializa en el Marco de Referencia Geodésico en sus tres vertientes: Red Geodésica Horizontal, Red Geodésica Vertical y Red Geodésica Gravimétrica. Tales redes se conforman por estaciones, vértices o puntos geodésicos en los cuales se determinaron o determinarán sus coordenadas; dichos puntos pueden pertenecer a las tres redes simultáneamente. Este documento se refiere al cambio de marco geodésico en su vertiente horizontal que establece la norma técnica, situación que involucra la Red Geodésica Horizontal del país, integrada por estaciones de la Red Geodésica Nacional Activa (RGNA) y de la Red Geodésica Nacional Pasiva (RGNP). Por otra parte, en el artículo 10 dicha norma específica que toda estación geodésica de propósito horizontal deberá estar referenciada al Marco de Referencia Terrestre Internacional definido por el Servicio Internacional de Rotación Terrestre y Sistemas de Referencia (IERS) para el año 2008, con datos de la época 2010.0, denominado ITRF2008 época 2010.0, asociado al elipsoide de referencia del Sistema Geodésico de Referencia de 1980, es decir, GRS80.”spaINGENIERÍA Y TECNOLOGÍAGeodesia--Procesamiento de datosSistemas de información geográficaCoordenadas geográficasProyección cartográfica--Procesamiento de datosRepresentación de superficiesConversión de datum con el model de 7 parámetros Bursa-WolfTesis de licenciaturaopenAccess