Montiel Rodríguez, Delfino AmandoSolís Salazar, Rosa MaríaMontiel Rodríguez, Delfino Amando; 0000-0001-6453-9986Solís Salazar, Rosa María; 0000-0001-6580-4681Garduño Oseguera, José Enrique2026-03-232026-03-232025-09https://hdl.handle.net/20.500.12371/31789"El propósito de los negocios es generar ganancias, ya que nadie los emprende con otra intención. Partiendo de la premisa del emprendedor, quien asume riesgos y dedica tiempo y esfuerzo a una actividad que requiere vocación, con el objetivo de maximizar el rendimiento de sus recursos, busca obtener la mayor utilidad posible, lo que a su vez fomenta una mentalidad empresarial. Entonces con base a esto, se observa que la distribución de dividendos no se realice como lo establece la LGSM, así como la LISR, en donde señala su procedimiento para la determinación del impuesto a retener y enterar. Esto se observa también, en que en las empresas no existen documentos que amparen dicha distribución, es decir los libros sociales que deben de llevar la sociedad de acuerdo con el Código de Comercio (CC) y Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM), ya que representan los movimientos y acuerdos principales, ni en asambleas ordinarias y extraordinarias en donde se lleven las políticas para el pago de dividendos".pdfspaCIENCIAS SOCIALESFinanzas públicas--Ingresos--Impuesto sobre la renta--Ingresos por inversionesImpuesto sobre las ganancias de capitalDividendos--Impuestos--Leyes y legislación--MéxicoBeneficios empresariales--Fiscalidad--MéxicoLa distribución de dividendos para los socios accionistas sin retención de impuesto sobre la renta. ¿Es un mito o una realidad?Tesis de maestríaopenAccess