Human Rights and Cultural Protection, Is it an unbeatable impasse?
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Benemérita Universidad Autónoma de Puebla
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Description
Culture, as a susceptible element to the protection of international human rights, is currently a challenge that modifies our understanding of the classical system of values that are placed in human dignity. The development of such a notion of subjective protection of law leads us to consider the realization of cultural rights under new theoretical models of law, such as the so-called social rights, since within the priority as to establish these faculties there is a need for immersion, recognition and coexistence of cultural differences, as well as the self-determination of the people, conceptions that modify the universe of basic human rights. To achieve such an enterprise, human rights mechanisms created management and understanding documents such as General Observation 21, regarding Article 15 of the International Covenant on Economic, Social and Cultural Rights (pidesc), which corrects specific State functions.
La cultura como elemento susceptible de protección de los regímenes internacionales de derechos humanos, es en la actualidad un reto que modifica nuestro entendimiento del clásico sistema de valores que se depositan en la dignidad humana. El desarrollo de tal noción de protección subjetiva de derecho nos lleva a considerar la realización de los derechos culturales bajo nuevos modelos teóricos del derecho, como el denominado derecho social, ya que dentro de la prioridad por establecer estas facultades encontramos inmerso el reconocimiento y la convivencia de las diferencias culturales, así como la autodeterminación de los pueblos, concepciones que modifican el universo de derechos humanos de fondo. Para alcanzar tal empresa, los mecanismos de derechos humanos crean documentos de dirección y comprensión como la Observación General 21, relativa al artículo 15 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (pidesc), que corrige funciones estatales concretas.
La cultura como elemento susceptible de protección de los regímenes internacionales de derechos humanos, es en la actualidad un reto que modifica nuestro entendimiento del clásico sistema de valores que se depositan en la dignidad humana. El desarrollo de tal noción de protección subjetiva de derecho nos lleva a considerar la realización de los derechos culturales bajo nuevos modelos teóricos del derecho, como el denominado derecho social, ya que dentro de la prioridad por establecer estas facultades encontramos inmerso el reconocimiento y la convivencia de las diferencias culturales, así como la autodeterminación de los pueblos, concepciones que modifican el universo de derechos humanos de fondo. Para alcanzar tal empresa, los mecanismos de derechos humanos crean documentos de dirección y comprensión como la Observación General 21, relativa al artículo 15 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (pidesc), que corrige funciones estatales concretas.
Keywords
, Dignity, culture, human rights, paradigm, , Dignidad; cultura; derechos humanos; paradigma