La presentación extemporánea de las conclusiones del ministerio público en el proceso penal en Puebla
Date
2004
Authors
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Publisher
Benemérita Universidad Autónoma de Puebla
Abstract
"El presente trabajo de investigación jurídica es fruto de mi experiencia en la práctica del Derecho Procesal Penal, de la cual me surgió la inquietud de hacer un estudio y análisis acerca de la presentación extemporánea de las conclusiones del Ministerio Público del Fuero Común en el Estado de Puebla, al observar que en los procesos penales en los que intervenía como defensor particular, la mayoría de las veces, los agentes del Ministerio Público adscritos a los juzgados penales, presentaban sus conclusiones fuera del plazo que la ley les concede.
Los plazos y términos establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en las leyes que de ella emanan, son garantías de legalidad que deben observar las partes en todo procedimiento no sólo judicial sino administrativo.
De modo que la presentación extemporánea de las conclusiones del Ministerio Público en el proceso penal, infringe el principio de legalidad procesal, pues por esa causa no se procura y administra justicia a los procesados en los plazos y términos que fija la Ley
El Código de Procedimientos en Materia de Defensa Social del Estado de Puebla, no precisa qué debe hacer el juzgador cuando el representante social omite presentar sus conclusiones dentro del plazo que la Ley le concede, tampoco lo faculta a no recibirlas fuera de termino, por cuya razón se concreta a aceptarlas indistintamente dentro o fuera del plazo legal."