Propuesta de reforma al artículo tercero párrafo segundo de la Constitucion Política del Estado de Puebla

Date
2006
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Benemérita Universidad Autónoma de Puebla
Abstract
"Nuestro capítulo primero nos orientaremos a lo referente al Municipio, pues creemos que es necesario, por lo que representa el municipio a las Juntas Auxiliares y las Juntas Auxiliares para el Municipio, es por tal motivo que nos enfocaremos al estudio del Municipio, atendiendo a varios autores estudiosos del Municipio, así mismo después de haber realizado dicho estudio, daremos nuestra propia definición de lo que es el Municipio. En nuestro capítulo segundo, abarcaremos el estudio de las Juntas Auxiliares, en el que mencionaremos lo que es pueblo, así como también haremos una búsqueda de lo que significa Junta Auxiliar. En nuestro capítulo tercero, indagaremos la función que tiene al INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL Y EL CONSEJO MUNICIPAL, ASÍ COMO TAMBIÉN DEL AYUNTAMIENTO. Cabe señalar que el consejo municipal es un organismo transitorio. Para ello nos acogeremos en la Constitución Federal, la Constitución del Estado de Puebla, Ley Orgánica Municipal, Código Federal de Instituciones y procedimientos Electorales, Código Electoral para el Estado de Puebla y el Reglamento de Sesiones de los Consejos Electorales del Instituto Electoral del Estado de Puebla."
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