Principio quien contamina paga: a la luz del derecho económico internacional

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2020-01
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Benemérita Universidad Autónoma de Puebla
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"Bajo el argumento de un desarrollo sostenible mundial, el cual consiste en el proceso evaluable mediante criterios e indicadores del carácter ambiental, económico y social que tiende a mejorar la calidad de vida y la productividad de las personas, que se funda en medidas apropiadas de preservación del equilibrio ecológico, protección del ambiente y aprovechamiento de recursos naturales, de manera que no se comprometa la satisfacción de las necesidades de las generaciones futuras, es que nace a la luz del derecho internacional un conjunto de principios ambientales, entre ellos, el principio quien contamina paga. Propuesto en un inicio por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico en 1972, y que posteriormente será retomado por el Programa de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente, a través de convenciones internacionales como la Declaración de Estocolmo de 1972, y la Convención de Rio de 1992, serán considerados como los instrumentos internacionales más importante en recoger el principio quien contamina paga. La presente investigación se propone estudiar el “principio quien contamina paga” y sus alcances, con el fin de evitar que sea utilizado de manera errónea para fomentar o incitar a los individuos a contaminar a través de un costo económico".
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