Incidente de nulidad de convenio.
dc.audience | generalPublic | |
dc.contributor.advisor | Andraca Huerta, Fernando Javier | |
dc.contributor.author | Romero Salgado, Óscar | |
dc.coverage.place | Tesiteca Biblioteca Central 3er. piso | |
dc.date.accessioned | 2024-11-22T14:23:50Z | |
dc.date.available | 2024-11-22T14:23:50Z | |
dc.date.issued | 2006 | |
dc.description.abstract | "Los antecedentes históricos que tiene el derecho laboral han sido elemento de discusión, máxime que sus logros se obtuvieron de agitadas manifestaciones de la parte trabajadora, que buscaba mejores condiciones de trabajo, lo que originó un conflicto de lucha de clases. Los logros de los obreros ocasionaron que las leyes de diferentes estados, que contemplaban derechos laborales, se recopilaran y en el año de 1929 se presentara el proyecto de la Ley Federal del Trabajo. La ley en comento presentó dos importantes reformas adjetivas, la que entró en vigor el 1° de mayo de 1970, y la que se encuentra en vigor, que fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4 de enero de 1980, bajo la premisa de que los procedimientos laborales han de estar exentos de formalismos innecesarios, han de contar con un periodo previo de conciliación y su tramitación debe ser más ágil. Para el desarrollo de este proyecto, he analizado lo relativo a incidentes, convenios y la relación que estos tienen con el artículo 33 de la Ley Federal del Trabajo, en lo relativo, a la obligación de verificar que todo convenio o liquidación, para ser valido, deberá hacerse por escrito y contener una relación circunstanciada de los hechos que lo motiven y de los derechos comprendidos en él. De lo que se desprende que los tribunales en materia del trabajo podrán aprobar un convenio, siempre que no contenga renuncia de los derechos de los trabajadores, o no aprobarlo al contener renuncia de estos. Lo que trae como consecuencia que al celebrarse un convenio que contenga renuncia de los derechos que al trabajador le corresponden o que no son pagados conforme a derecho, por el tiempo en que prestó sus servicios para el patrón, dará lugar a la nulidad de dicho convenio, toda vez que, no se apegó a lo establecido por el artículo 33 de la Ley Federal del Trabajo. Esto ocasiona como consecuencia un nuevo juicio, toda vez que no existe en el artículo 762 de la Ley Federal del Trabajo, la posibilidad de tramitar un incidente de nulidad de convenio." | |
dc.identifier.bibrecord | D2006 R796 | |
dc.identifier.uri | https://hdl.handle.net/20.500.12371/22594 | |
dc.language.iso | spa | |
dc.publisher | Benemérita Universidad Autónoma de Puebla | |
dc.rights.acces | restrictedAccess | |
dc.thesis.career | Licenciatura en Derecho | |
dc.thesis.degreediscipline | Área de Ciencias Sociales y Humanidades | |
dc.thesis.degreegrantor | Facultad de Derecho y Ciencias Sociales | |
dc.thesis.degreetoobtain | Abogado, Notario y Actuario | |
dc.title | Incidente de nulidad de convenio. | |
dc.type | Tesis de licenciatura |