Medios alternativos nacionales y el pacto internacional de derechos económicos, sociales y culturales, para el cumplimiento del derecho humano a la vivienda en México (2011-2015)
Date
2016-06
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Benemérita Universidad Autónoma de Puebla
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La vivienda es de gran importancia para el desarrollo humano y social, pues ésta no solo se constituye de un espacio físico de protección a los riesgos naturales, representa también el espacio en el que se posibilita el acceso a otros derechos como lo son acceso al agua, cultura, educación, salud, trabajo, entre otros; es decir, se constituye de manera interdependiente; posibilitando la intimidad de las personas y a su vez la construcción de entornos de convivencia y relaciones sociales y culturales; al mismo tiempo que permiten el ejercicio de la democracia. Así pues, el derecho humano a la vivienda es reconocido por el estado mexicano a través de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos por si misma en la disposición del Artículo 4º y mediante los tratados internacionales firmados y ratificados por México de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 1º en relación con el Artículo 133 constitucionales. Siendo uno de los documentos internacionales más destacados el Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales firmado y ratificado en 1981, que dispone en su Artículo 11 el derecho a la vivienda y que a través de la Observaciones Generales 4 y 7 del Comité de Observación de dicho Pacto, determina los lineamientos que deberá cumplir el Estado para su responsabilidad como son: disponibilidad, asequibilidad, accesibilidad y certeza jurídica entre otros. Sin embargo, la realidad en México refleja que existe un elevado índice de pobreza que genera desigualdad social, resultado de la violación sistemática a los derechos económicos, sociales y culturales de la población, entre éstos la vivienda. Evidenciando la imposibilidad que la mayor parte de los gobernados tienen para acceder a las circunstancias que posibilitan una vida digna. Por lo que no es suficiente el reconocimiento judicial de un derecho, sino la materialización del mismo, pues éste se enfrenta a la disposición de recursos humanos y económicos propiciados por los dos poderes de gobierno que forman parte de la estructura estatal y que se regulan en base a un modelo de producción económica determinada como lo es el capitalismo bajo el régimen neoliberal.
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