La interrupción legal del embarazo, su inconstitucionalidad
Date
2007
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Benemérita Universidad Autónoma de Puebla
Abstract
"El tema del aborto inducido o la interrupción de un embarazo en forma intencional es uno de los más polémicos debido a sus implicaciones éticas, morales, religiosas y jurídicas.
Actualmente muchos países penan el aborto sin excepción alguna, ejemplo de ello en Latinoamérica son las legislaciones de Chile, El Salvador y Nicaragua.
En México el aborto inducido estaba permitido sólo por razones médicas o en caso de que el embarazo haya sido consecuencia de una violación o inseminación artificial.
Legal o ilegal la práctica del aborto no es reciente, lo mismo que los embarazos no deseados.
Antiguamente fue propuesto por grandes pensadores en Grecia, Platón lo propuso a las mujeres mayores de 40 años y Aristóteles como un método de control natal y eugenésico.
Socialmente hablando la permisión o no de un aborto se encuentra fuertemente ligada a situaciones morales, éticas, religiosas y jurídicas dentro de una sociedad.
Es el siglo XX cuando en las legislaciones de todo el mundo se inician reformas que autorizan la interrupción del embarazo en casos necesarios.
En México, las primeras reformas que tratan sobre la despenalización del aborto datan de 1931, en la que se autorizaba en caso de que el embarazo sea consecuencia de una violación.
La Ley Robles (18 de Agosto de 2000) es la penúltima reforma al Código Penal para el Distrito Federal y la última se llevó a cabo el 24 de abril de 2007 que autoriza la interrupción del embarazo durante las primeras doce semanas de embarazo sin que sea necesaria alguna justificación.
Con ésta última reforma se deja en total estado de indefensión y es privado de la vida a un ser en esencia humano por el sólo hecho de así decidirlo su progenitora.
Esta reforma atenta gravemente en contra de un Derecho que sin su existencia no existirían los demás derechos, el Derecho a la Vida."