El derecho a la audiencia en los procedimientos especiales civiles de Puebla 2015-2016
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2016
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Benemérita Universidad Autónoma de Puebla
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“El movimiento de Independencia presenta algunos avances de nuevas legislaciones que contenían la protección a los derechos humanos, así como a las garantías individuales, ya que el control absoluto de la religión católica en nuestro país no observaba la protección al derecho a la audiencia. Como consecuencia de la vulneración de los derechos humanos en el período de la Revolución Francesa surgió la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano en 1789, cuyo propósito fue la protección a los derechos de las personas; sin embargo en la Nueva España surge en la localidad de Cádiz la Constitución Española para la América Mexicana, presentando artículos donde se protege la libertad, entre otros aspectos, y con ello surge La Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos de 1824. Además de que en dichos artículos ya se establecen derechos y obligaciones dirigidos a los mexicanos; en esa medida las primeras en establecer derechos son las de 1936 y 1943; para después estipular la creación de las siete leyes, precursoras de la separación entre la Iglesia y el Estado; finalmente la Constitución de 1917, la cual ya contenía garantías individuales, en la cual si bien aún no se tenían establecidos derechos humanos”.
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