Influencia mexicana en la solución de controversias para la elaboración de una ley de mediación en el estado de puebla
Date
2005
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Benemérita Universidad Autónoma de Puebla
Abstract
La Ciencia del Derecho nos da muchas posibilidades de reflexión y experimentación; pues, de ella podemos desprender una serie de figuras jurídicas que nos permiten la mejora sustancial del propio Derecho, así como de la vida gregaria, que es en última instancia el objetivo del Derecho.
Encontrar posibilidades de arreglo sin legar a un juicio ante un tribunal, es tan solo una alternativa de ahorro en tiempo, dinero y desgaste emocional. Una gran ventaja frente a cualquier otra posibilidad.
La vida en sociedad se ha puesto cada día más difícil, pues los intereses económicos, políticos, sociales, laborales, culturales, científicos, religiosos, etc., son cada vez más distantes provocando diversificación de intereses. La sociedad se divide, la humanidad o hace, y la contradicción de ella se da a partir de la globalización. Diferencias raciales, económicas y muchas otras, que como humanidad no nos dejan vivir en paz.
Encontrar organismos que ayuden a llegar a una conciliación es difícil cuando no se fomenta dentro de una cultura precisamente globalizadora. La Organización de las Naciones Unidas es un ejemplo de organismo mediador, conciliador de intereses y que a pesar de sus esfuerzos por la paz mundial, no ha logrado coronarla.
Queda a cada autoridad hacer los esfuerzos científicos, cultural jurídicos para lograr encaminar a la sociedad a una cultura de la mediación, del entendimiento, aceptación y tolerancia. Cómo lograr tal ideal, pueden existir muchas opiniones incluso encontradas, sin embargo. serán reconocidas siempre que tiendan a fomentar dicho objetivo.
La búsqueda de los estudiosos del Derecho, no se debe concentrar únicamente a crear órganos especializados para jurisdicción y que dicten sentencias técnicas que separen a las partes involucradas. Sino también generar el común acuerdo entre estas. Situación que en la actualidad los órganos de administración de justicia no reúnen el elemento de la probidad, el de la expedites o prontitud, según declara nuestro propio artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Queda este trabajo de investigación como el documento que propone no solo una Ley de Mediación para el Estado, sino que a partir de esta ley encuentre la sociedad una posibilidad real de lograr la paz, a partir de la aceptación de la sentencia que las propias partes dictan para arreglar y solucionar su conflicto.
El contenido temático es reflejo de la metodología implementada.
De manera que la relación entre cada uno de ellos tiene consistencia lógica.
Las conclusiones a las que se lleguen deberán establecer la necesidad de crear una ley de mediación que penita al Estado en su ejercicio de los poderes (Legislativo, Judicial y Ejecutivo) cumplir con su deber constitucional, el de practicar la administración de justicia pronta y expedita, así como gratuita e involucrar el dialogo como la forma de resolver los conflictos a través de una amigable composición.