Vicios de inconstitucionalidad del nuevo sistema fiscal electrónico

Date
2015-03
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"El deber de contribuir al gasto público se encuentra contenido en el artículo 31, fracción IV, de la Constitución Federal; precepto del que deriva que tal obligación debe cumplirse bajo parámetros de legalidad, equidad y proporcionalidad. En la actualidad, la dinámica del fenómeno impositivo revela que los contribuyentes además de pagar las contribuciones a su cargo, en términos de la obligación constitucional a que antes se hizo referencia, están constreñidos a cumplir un amplio conjunto de deberes relacionados con su propia área de actividad e incluso con la de terceros contribuyentes. La concepción del contribuyente como simple sujeto pasivo ha quedado, por tanto, relegada al pasado. En efecto, ahora el contribuyente además de actuar cuando sus intereses patrimoniales están afectados directamente por la carga tributaria debe colaborar estrechamente con la administración tributaria, convirtiéndose de ese modo en coadyuvante necesario del fenómeno impositivo".
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