Limitar, salarios caidos a un año, atenta al derecho constitucional del trabajador
Date
2020-02
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Publisher
Benemérita Universidad Autónoma de Puebla
Abstract
“Atreves del tiempo, el derecho del trabajo a evolucionado, buscando siempre el bienestar de la clase trabajadora, toda vez que es la clase mas desprotegida, el objetivo de esta tesis es que los salarios caídos que en la Ley Federal del Trabajo se contempla en el articulo 48, le sean pagados en su totalidad al trabajador que fue victima de un despido injustificado y que fue probado dentro de un juicio laboral, es decir, El articulo 48 de la Ley Federal del Trabajo nos dice “El trabajador podrá solicitar ante la Junta de Conciliación y Arbitraje, a su elección, que se le reinstale en el trabajo que desempeñaba, o que se le indemnice con el importe de tres meses de salario, a razón del que corresponda a la fecha en que se realice el pago. Si en el juicio correspondiente no comprueba el patrón la causa de la rescisión, el trabajador tendrá derecho, además, cualquiera que hubiese sido la acción intentada, a que se le paguen los salarios vencidos computados desde la fecha del despido hasta por un período máximo de doce meses, en términos de lo preceptuado en la última parte del párrafo anterior. Si al término del plazo señalado en el párrafo anterior no ha concluido el procedimiento.”
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