Los principios filosoficos y juridicos del ente denominado constitucion politica de los Estados Unidos Mexicanos de 1917

Date
2011
Journal Title
Journal ISSN
Volume Title
Publisher
Benemérita Universidad Autónoma de Puebla
Abstract
Hace más de veinticinco años comencé a estudiar el Derecho. La pregunta que me formulé al inicio fue: ¿Qué es el Derecho? Esta pregunta motivó la presente investigación. Para buscar la esencia del derecho, parto de los principios ontológicos de Aristóteles, pero como la realidad no puede estudiarse en abstracto, es decir, no se puede comprender al ser del derecho, estudio un ente que sirve de fundamento al Derecho Mexicano, o sea, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917. A esta norma básica le aplicaré los principios: eficiente, formal, material y teleológico: el primero me develará al creador de la norma, el segundo, las características del derecho, el siguiente su contenido y el último su fin. Una vez que analice sus principios, valoraré su contenido a través del concepto de utopÍa, ya que una Constitución, como norma fundamental de un Estado, encierra un proyecto de sociedad, es decir, una utopía. Con estos elementos tengo un método para analizar la constitución, como ente y también para estudiar cada artículo. Al valorarios desde la utopía que encie- rran, podré develar la topía de la que parten las normas. Por este motivo, en la primera parte del trabajo explicaré él método que usaré. En la segunda parte, iniciaré el estudio con los principios de las Garantías Individuales o Derechos Humanos, como actualmente se les denomina, a partir de ellos buscaré en la organización estatal al sujeto obligado a cumplir con tales garantías. Explico: las grantías Individuales también reciben el nombre de derechos subjetivos públicos porque el obligado a respetar- los es el gobierno o poder público; así que por cada Derecho Humano o Garantía Individual debe existir una obligación del Estado. Por este motivo, únicamente estudiaré los artículos que contienen las garantías individuales, pues la organización estatal sólo se justifica si está relacionada con tales derechos. Lo anterior porque el derecho regula al hombre, el derecho no regula entes abstractos u objetos inanimados. Pensar de manera contraria, es decir, que la constitución regula la organización del estado prescin- diendo de los hombres, implicaría que el gobierno se organiza sin considerar a la población, o sea, el dominio de los funcionarios sobre la nación. Para el estudio de los principios primero transcribiré el artículo y después estudiaré sus principios. El análisis de los principios eficiente y teleológico de cada ga- rantía develará la entelequia que lo crea y el objetivo que persigue. Su principio formal necesariamente tiene que ser la organización del Estado, sin embargo, el prin- cipio material descubrirá el comportamiento que se busca, el cual puede sorprender, pues, contrario a lo que se piensa, la mayoría de las garantías no otorgan derechos a los ciudadanos, sino otorgan derechos al Estado e imponen obligaciones a los habitantes. Para develar cada principio material, analizaré el significado de las palabras y su estructura gramatical a fin de descubrir la esencia de cada garantía. Este análi- sis descubrirá que los derechos enunciados con limitaciones se convierten en obligaciones y resulta incongruente que se enuncie un derecho para posteriormente limitario. Estas circunstancias revelan que la esencia del derecho yace en su enunciación, pues si bien es cierto que la norma nace del poder que tienen un grupo de hombres para hacerla; también es verdad que el derecho necesita una estructura gramatical y de ésta depende su existencia. Una vez comprendido el contenido del artículo, podré situarme en la topía de su enunciación al buscar la utopia que busca cada norma. Este ejercicio hará evidente la realidad que percibieron los constituyentes y las soluciones que buscaron, las cuales muchas veces obedecen a la defensa del gobierno, más que a la protección del pueblo. De esta manera, descubriré como las garantías están otorgadas para suspenderse, como la educación no es libre, sino laica. Además, los trabajadores tienen tantos derechos, sin obligaciones del Estado para respetarlos. Las libertades de expresión, de reunión, de posesión de armas están limitadas por los intereses del gobierno, cuyos funcionarios tienen fuero monopolios y la disposición de todas las tierras y aguas que están comprendidas dentro del territorio nacional.
Description
Keywords
Citation