Analisis del articulo 31 BIS del codigo de procedimientos en materia de defensa social del estado de puebla
Date
2007
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Publisher
Benemérita Universidad Autónoma de Puebla
Abstract
El presente trabajo de investigación versara sobre el análisis del articulo 31 bis del Código de Procedimientos de Defensa Social, adicionado secuentemente, en el cual de acuerdo al legislador se estableció con el fin de que tanto el Ministerio Público en la integración de las averiguaciones previas asi como los Jueces y los Magistrados durante el proceso puedan empezar los medios que en el se establecen para hacer cumplir sus determinaciones y con eso no obstaculizar la justicia penal en nuestro Estado Lo anterior a partir de is iniciativa y reformas hecha por el legislador ya que al momento de realizar su propuesta se pretende adecuar ta legislación procedimental en materia de Defensa Social para que se de seguimiento y no se obstaculice el desarrollo de la justicia en nuestro Estado, pudiendo apercibir a las partes que en caso de no cumple con las resoluciones serán acreedores a una de las medidas de apremio que en el Código on la materia señala y hace énfasis a la comparecencia de las partes o a los testigos cuando no se presenten a una diligencia Como hipotesis se plantea que la aplicación de las medidas de apremio an nuestro Estado no garantiza que haya una mejor procuración e impartición de Justicia, ya que son varios los factores que son necesarios, para que concatenados puedan cumplir el objetivo para el cual según el anterior del legislador fueron establecidas en la legislación procedimental penal Para lo anterior se tomó como base el desarrollo del presente trabajo el método cualitativo, a través del cual se examinará la eficacia de las medidas de apremio a través de las preguntas realizadas a funcionarios públicos que se encuentran involucrados en la procuración e impartición de justicia en nuestro Estado, los cuales tienen criterios distintos de la eficacia y utilidad que en la practica tienen los medios coercitivos que se analizan en el presente trabajo, además de la observación que realicé dentro de la integración de averiguaciones previas
Éste trabajo está constituido de tres capítulos, en el primer capítulo se hace referencia a la evolución del derecho penal en nuestro país y la forma en que se fueron sentando las bases del Poder Judicial así como del Ministerio Público, se manejan conceptos y facultades que tienen en el desempeño de sus funciones. así como las bases legales que sirven de fundamento para su función, partiendo de nuestra Carta Magna como ley primaria y la legislación local como ley secundaria. Por cuanto hace al segundo de los capítulos versa sobre las medidas de apremio, la diferencia que estriba con relación a las correcciones disciplinarias y en especial, las que se encuentran plasmadas en nuestra legislación local procedimental, en donde de considero que es necesario establecer el procedimiento correspondiente para hacerlas efectivas, porque no basta con el hecho de que sean decretadas sin para que cumplan con el objetivo de ser medidas coercitivas, es necesario hacerlas efectivas. Finalmente en el tercer capítulo se enfocará única y exclusivamente al análisis del recientemente adicionado artículo 31 bis del Código de Procedimientos en materia de Defensa Social para nuestro Estado, esto es con el fin de analizar la funcionalidad y utilidad de las medidas de apremio y si cumplen con el objetivo para el cual fueron plasmadas, no tanto en la teoría sino en la practica, ya que se realizaron entrevistas a funcionarios involucrados en la materia, a los cuales se les solicitará su opinión sobre las medidas de apremio que pueden hacer valer para el cumplimiento de sus determinaciones, y si a partir de la reforma hecha al Código adjetivo penal han aplicado alguno de los medios de apremio a algún caso concreto y si han recibido u obtenido respuesta favorable, para lo cual se realizaron preguntas para poder tener obtener su opinión respecto de la utilidad de los medios de apremio en la procuración e impartición de justicia en nuestro Estado. En la parte final del presente trabajo realizo una conclusión de lo recabado durante el desarrollo de la elaboración, así como de mi experiencia y observación que he tenido durante mi trabajo dentro de la Procuraduría General de Justicia del Estado