Obligación y perspectiva del estado de Puebla, la observación de la libre determinación en los pueblos y comunidades indígenas en la solución de sus conflictos conforme la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, 1989-2017.
Date
2017-10
Authors
Journal Title
Journal ISSN
Volume Title
Publisher
Benemérita Universidad Autónoma de Puebla
Abstract
“La reforma legislativa del 14 de agosto de 2001, en el cual se modificó en conjunto los artículos 2, 4, 18 y 115 de la constitución política federal, constituyeron la consolidación del derecho indígena en México, no sólo especificó derechos inherentes a dicha población, además también reconoció la existencia de una multiculturalidad, es decir, la variedad de grupos étnicos en el país, circunstancia que aunque era evidente a lo largo del territorio nacional, era necesario una acción de visibilizarían de los pueblos y comunidades indígenas, para evidenciar sus diferencias sociales, económicas, políticas y culturales. Para cumplimiento de dicha reforma, el Estado de Puebla realizó lo conducente, reformando la constitución política estatal, siendo en 2004 cuando fue modificado el contenido de su artículo 13, en el que se determinó los derechos de la población indígena del estado de Puebla; seguidamente en 2011 se creó la Ley de Derechos, Cultura y Desarrollo de los Pueblos y Comunidades Indígenas del Estado de Puebla, efectuando en conjunto el reconocimiento del derecho indígena en el estado”.
Description
Keywords
Citation
Collections
Document Viewer
Select a file to preview:
Can't see the file? Try reloading