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Tesis de licenciatura Absorción del delito de lesiones por el delito de violencia familiar(Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, 2009) Pérez León, Kathia Alejandra"Dentro del primer capítulo de la presente investigación se tratará lo relacionado con los antecedentes de los delitos tanto de lesiones como de violencia familiar, mismos que son los temas centrales de este trabajo de tesis. En este capítulo rescataremos los inicios históricos de ambos ilícitos. Avanzando en la investigación tenemos que el capítulo segundo trata de la acepción doctrinaria de los delitos en estudio. En primer lugar, el análisis de la doctrina existente en relación al delito de lesiones nos percatamos que mientras unos autores no abundan mucho en sus diferentes elementos y lo consideran un delito sumamente simple, otros por el contrario profundizan más en su estudio allegándole elementos tales como la forma de ejecución. En el tercer capítulo, en síntesis se hará un análisis de los elementos configurativos de los ilícitos en estudio, desde el punto de vista exclusivamente legal, y al compararlos concluimos que tienen elementos fundamentales en común. Por último, el capítulo cuarto se refiere al concurso aparente de leyes, figura del Derecho Penal en la que se estudia la posibilidad de absorción de un tipo penal en otro, a fin proteger el principio general del derecho de no bis in idem, que procura no castigar dos veces la misma conducta; para lo cual se contemplan cuatro principios."Tesis de licenciatura Acceso ilicito a sistemas computacionales(Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, 2007) Rosas Cabrera Clemente; Mendoza Cortes Victor Felipe, Vidal Urrutia Jorge Alberto; Nares Rodriguez GuillermoLa tecnología de nuestros días, al alrededor del mundo comprueba que el hombre tiene una inteligencia natural, superior a los demás seres vivos sobre la tierra, misma que ha sabido aprovechar para hacer más fácil sus labores cotidianas y sin embargo a veces se complica la vida utilizando esa misma tecnología para destruirse unos a otros. El internet es un medio que tenemos para acceder ilimitadamente a cualquier parte del mundo, nos sirve para conocer su cultura, su gobierno, su situación económica etc. Sin embargo el internet también lo podemos considerar como un arma de dos filos, uno para hacer el bien, como por ejemplo: realizar nuestro trabajo, ahorrar costos, tiempos y esfuerzos, pero también nos sirve para hacer el mal, pues sabiendo utilizar el internet perfectamente, si conocemos mas sobre la materia de la informática podemos introducirnos a la base de datos o archivos rompiendo candados y medidas de seguridad de dichos archivos, lógicamente para obtener un lucro económico o simplemente para fastidiar a las personas. En la actualidad, la mayoría de las personas saber utilizar un equipo de computo, pues ya es indispensable para poder conseguir trabajo. Algunas personas se dedican a crear programas para el beneficio de las personas y otros para destruir su bienestar. Por ello es preciso y urgente que se legisle sobre los delitos informáticos, quizás no se pueda crear un catalogo completo de delitos informáticos, pero por algo hay que comenzar. Por eso esta investigación a manera de hipótesis pretende demostrar la importancia que se requiere y sobre todo la urgencia que tiene la sociedad para que se tipifiquen los delitos informáticos, ya que al ser un sujeto pasivo de alguna conducta delictiva y que no este legislado provocaría la falta de credibilidad en las leyes y sobre todo en las autoridades que nos gobierna Del comentario anterior, podemos darnos cuenta que la necesidad de crear un nuevo tipo penal de ACCESO ILICITO A SISTEMA COMPUTACIONALES es muy urgente, pues como se vera en su momento Puebla aun no lo tipifica, por lo tanto nuestra legislación no nos protege de cualquier conducta ilícita. Este trabajo da una clara idea de lo que son los delitos informáticos, el como se caracteriza y como se clasifica, el como lo considera el Código Penal Federal y algunos códigos de los estados que ya contemplan los delitos informáticos. Aunque en la mayoría de los Estados de la Republica Mexicana todavía carecen de legislarlos y que entre ellos se encuentra Puebla, presentamos una propuesta para tipificar el acceso ilícito a los sistemas informáticos Cabe mencionar que damos una explicación de la relación entre la informática y el derecho, sin expandirnos ni entrar de lleno a lo que es la informática por no pertenecer a lo que realmente nos interesa. En la presente investigación se utiliza el método histórico, sintético y analítico, pues se necesitan de las técnicas anteriores para el desarrollo de este tema. En el primer capitulo viajaremos en el tiempo para conocer sus orígenes de la telemática y de la informática, conoceremos la evolución de la ciencia de la tecnología y los avances que a logrado, lógicamente desde un punto de vista jurídico para no confundirnos con lo que es la ciencia de la informática. En el segundo capitulo, conoceremos los delitos informáticos mas comunes que se realizan alrededor del mundo, pasando por los países mas desarrollados que cuentan con una tecnología de punta, hasta aterrizar en nuestro país por lo que analizaremos todas las conductas que sean típicas o atípicas mismas que se pueden realizar en nuestro país o en otra parte del mundo, afectando a ambas partes. En el siguiente capitulo conoceremos como están legislados los delitos informáticos dentro de la Republica Mexicana y algunos de los estados que ya tienen regulado los delitos informáticos pero por desgracia Puebla aun no lo contempla, por eso es nuestro interés en este trabajo de investigación. En el cuarto capitulo conoceremos cual es el centro de nuestra investigación, el porque es importante proteger nuestra información y como esta conformada esa información. Este capitulo aclarara el concepto sobre lo que es una base de datos, aunque estoy seguro que todos los lectores de este trabajo de investigación de manera cotidiana y sin darse cuenta, utilizan algún medio informático o electrónico Posteriormente llegaremos a las conclusiones de este trabajo de investigación y por ultimo se hará la propuesta para crear el tipo de ACCESO ILICITO A SISTEMAS COMPUTACIONALES EN EL ESTADO DE PUEBLA.Tesis de maestría Acto jurídico, modalidad renuncia voluntaria al empleo(Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, 2005) Hernández Salas, José Ines Timoteo; Sánchez Vázquez, Rafael"El trabajo de investigación de práctica profesional que presento a su consideración, tiene por objeto ponderar la institución de la renuncia voluntaria al empleo a la luz de la dogmática de la teoría del acto jurídico del derecho civil, guardando la debida proporción de las finalidades que polariza el estatuto laboral que tiende en procurar a los trabajadores en el presente y a lo largo de su existencia un mínimo de beneficios que coadyuve a elevar su nivel de vida y de su familia, y a la vez limite la explotación de que son víctimas en la prestación de servicios. La declaración unilateral de la voluntad se equipara a la renuncia voluntaria al trabajado dentro de un contexto general de derecho, por lo tanto, debe observar los requisitos de existencia constituidos por el consentimiento y objeto directo e indirecto que subyacen el acto jurídico para que engendre derechos y obligaciones entre las partes, y en caso de ausencia de alguno de los elementos de existencia decrete de facto la nulidad de pleno derecho en cumplimiento de la declaración de derechos sociales emanados de nuestra carta magna y la imperatividad de las normas laborales."Tesis de licenciatura Actuación de la defensa penal federal en el sistema inquisitorio, mixto y sistema acusatorio oral en México 2008-2010(Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, 2010) Romero Jiménez, Alejandra Vicenta; Porras Ruiz, Carlos EdgarEn México, la reforma constitucional de 2008, que modificó diversos artículos como el 16, 17, 18, 19, 20, 21 y 22, introdujo el sistema penal acusatorio oral con el fin de garantizar un proceso más transparente y justo. Sin embargo, al analizar los artículos reformados, se observa que el resultado es un sistema mixto que incorpora principios inquisitoriales. Algunos estados, como Chihuahua, Oaxaca y Morelos, ya han implementado el sistema acusatorio, y se compara con el modelo federal. A pesar de que se considera que el sistema penal está en crisis, con problemas de impunidad, corrupción e ineficiencia, la reforma ha tenido logros importantes, como la constitucionalización del juicio oral y la incorporación de métodos alternativos para resolver conflictos. Estos cambios buscan mayor transparencia, rapidez y publicidad en los procedimientos, lo que podría reducir la corrupción. La crítica constructiva es esencial para corregir los fallos del sistema y evitar que un culpable quede impune o un inocente sea condenado. Con la reforma, los imputados tienen más garantías para su defensa, permitiéndoles enfrentar el proceso en igualdad de condiciones con la parte acusadora, lo que mejora el acceso a una justicia más equitativa.Tesis de licenciatura Acuerdos en mediación familiar, cosa juzgada o contrato de transacción(Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, 2006) Rodríguez Barragán Israel; Vasquez Flores IrmaEn este trabajo de investigación vemos y definimos todas las dudas que anteriormente se mencionaron con la finalidad de dar un mayor entendimiento a las preguntas que dieron paso a esta tesis, y las cuales son de suma importancia ya que en el Estado de Puebla se han venido dando cambios significativos en sus diferentes Leyes y Códigos, ya que estos han adoptado los medios alternos de solución de conflictos en sus respectivas legislaciones, tanto en materia penal como en materia civil y familiar a tal grado vemos estos avances que se ha vuelto de una forma obligatoria la mediación antes o durante el procedimiento siempre y cuando no se haya dictado sentencia definitiva. Dentro de los medios alternos de solución de conflictos hago mención a la Mediación, el Arbitraje y la Conciliación los cuales son los más importantes y que ya en nuestras legislaciones se encontraban inscritos de una u otra manera, pero es hasta este momento en que se han visto plasmados y en realidad se ha visto la ventaja que tienen estos tipos de solución de conflictos, los cuales nos ahorran tiempo, dinero y esfuerzo, pero lo más importante es que quienes resuelven el conflicto son las propias partes las cuales intervienen directamente en dichos procedimientos y en el caso de la Mediación son ellos mismos los que llegan al acuerdo final, dando con esto que las partes cumplen con mayor eficacia el acuerdo convenido con la contraparte. En el nuevo Código de Procedimientos Civiles vigente para el Estado de Puebla hace mención a que los acuerdos finales que a los que se hayan llegado en el Instituto Estatal de Mediación serán elevados al grado COSA JUZGADA, У todos los demás acuerdos a los que lleguen las partes y que no sean ante esta Institución deberán presentarse dentro de un término máximo de 40 días, dado que estos acuerdos son de buena fe y las partes contribuyen a esta, así de inmediato se empiezan a cumplir, sin embargo dentro del término de los 40 días si no se lleva el acuerdo ante un Juez para que este lo eleve a COSA JUZGADA, en ese lapso de tiempo el acuerdo al que se llegó solamente será un CONTRATO DE TRANSACCIÓN y dentro del cual en esos términos se pueden impugnar. Es por esto que se hace esta investigación la cual nos ayuda a entender y comprender qué fue lo que se quiso legislar y las deficiencias que se tuvieron para dar una autoridad a los mediadores, sin ser estos profesionales.Tesis de licenciatura Adecuación del arbitraje al sistema procesal civil poblano(Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, 2007) Chávez Arenas, José Gustavo; Eusebio Arnulfo, Cordero Méndez"El arbitraje es una figura jurídica tan antigua como el derecho mismo, incluso como menciona Carnelutti, se considera que surge desde las primeras civilizaciones, mucho antes que saliera a la luz el derecho Romano como norma jurídica formalmente establecida. Es por consiguiente que al arbitraje se le ha definido de diversas maneras, según adaptándose a las circunstancias de modo tiempo y espacio, respecto al arbitraje civil se puede decir que por simple exclusión es aquel que no tiene relación directa con el tráfico mercantil o que no está regido por ordenamientos mercantiles. A diferencia de la cláusula, en el compromiso arbitral se debe especificar, las partes que lo celebran; el negocio sujeto al arbitraje; el o los árbitros a los que se someten y la forma de designar un tercero para el caso de empate; los procedimientos que han de observarse, los plazos en que han de sustanciarse y concluirse, así como los medios de impugnación, y las renuncias que procedan conforme a la ley. En cuanto al procedimiento, como se hace mención con anterioridad, se seguirá el estipulado en el compromiso arbitral por acuerdo de las partes y supletoriamente se aplicarán las disposiciones establecidas para el procedimiento por el Código de Procedimientos Civiles para el Estado Libre y Soberano de Puebla. Este ordenamiento en su capítulo referente al arbitraje nos señala que el árbitro o árbitros están obligados a recibir todo tipo de pruebas a fin de facilitar la resolución del conflicto de una manera más justa. Una vez desahogado el procedimiento y recabadas todas las pruebas destinadas la mejor solución de la controversia, se prosigue a dictar el laudo arbitral, llamado así para distinguirlo de las sentencias que dictan los jueces. Después de dictado el laudo y notificado a las partes, si alguna de las ellas se negara a cumplir con este, el árbitro (a petición de parte), para su cumplimiento debido a que no tiene facultades para realizar el cumplimiento forzoso, debe de remitir los autos al juez competente, para que previa homologación, proveerá lo conducente para su ejecución, para esto el laudo arbitral debe haber sido dictado conforme a lo estipulado en el compromiso arbitral y al capítulo conducente al arbitraje del Código de Procedimientos Civiles para el Estado Libre y Soberano de Puebla (artículo 878)."Tesis de licenciatura Adecuada configuracion de la violencia intrafamiliar como causal del divorcio necesario en el estado de Puebla(Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, 2007) Rodriguez Garcia Rodrigo; Cordero Mendez Eusebio Arnulfo; Nares Rodriguez GuillermoLa familia, sociedad natural, existe antes del Estado y posee derechos propios que son inalienables. La familia más que una unidad jurídica, social o económica, constituye una comunidad de amor y solidaridad insustituible para la enseñanza y transmisión de los valores culturales, éticos y sociales. Dentro de la familia deben encontrarse sentimientos como el respeto y la ayuda incondicional, ya que es en donde el ser humano se desarrolla como persona, adquiriendo los valores y el criterio para vivir y desenvolverse en sociedad. Es tarea trascendente, buscar una legislación adecuada que impida la violencia en el seno familiar. Una legislación que proteja los derechos fundamentales de los niños, y que permita sancionar, si es necesario este tipo de conductas que denigra al ser humano y a la sociedad. Es de suma importancia que las relaciones que se fomentan dentro de la familia vayan de acuerdo a la función principal de dicha institución, la cual es crear seres humanos capaces de convivir armónicamente dentro de la sociedad, adquirir los valores esenciales, necesarios para aplicarlos en la vida diaria y poder vivir pacifica y civilizadamente en convivencia con todos nuestros semejantes. Cuando la violencia irrumpe en la familia el espacio más íntimo donde se supondría mayor seguridad para sus miembros suele convertirse en un hecho cotidiano, que provoca un sinnúmero de trastornos a las personas afectadas principalmente porque son sus propios familiares los causantes de esos abusos, como el uso de la fuerza para imponer formas de ser y actuar, y para refrendar la autoridad, se sustenta en las iniquidades y discriminaciones que se dan en las relaciones entre hombres y mujeres, y entre generaciones, las cuales adoptan múltiples formas. La violencia intrafamiliar no puede considerarse como un asunto que sólo corresponde a la vida privada de las personas. Sus consecuencias afectan a todos tarde o temprano ya que al ser la familia el sustento a nuestra sociedad, y al encontrarse sus integrantes en un ambiente de abusos, al querer relacionarse con sus demás semejantes impondrán el patrón de vida que ellos conocen provocando conflictos entre las personas ajenas a esto. Por lo tanto, la violencia intrafamiliar nos involucra a todos porque sale de la esfera del hogar y lesiona a los miembros de la comunidad, debilitando los valores de la convivencia, al propiciar desunión, la falta de respeto entre padres e hijos y, con ello, la desintegración social y la multiplicación de conductas delictivas que tanto aquejan a nuestro país en una proporción altamente. Ya que si no se ataca la agresión en el interior de la familia, se formarán mexicanos con baja autoestima y con problemas psicológicos y emocionales, que impedirán su pleno desarrollo humano y laboral, lo que, en última instancia, frena el crecimiento de nuestro país en un 35 por ciento. Por lo tanto considero que al ser la violencia intrafamiliar un problema tan grave, debe dársele la importancia y tratamiento necesario para poder atacar de forma efectiva las injusticias y evitar las consecuencias negativas que este mal provoca. Para lo cual se propone como fundamento de está investigación que la violencia intrafamiliar sea adecuadamente configurada en el Código Civil del Estado de Puebla, como causal de divorcio necesario, ya que es importante realizar con mayor precisión lo conducente a la caducidad y a las medidas provisionales para proteger a la victima, ya que aunque en Puebla dicha violencia ya es considerada como causal de divorcio, a mi parecer existen algunas lagunas jurídicas en el Código Civil que no son consideradas y que representan situaciones relevantes que son sumamente necesarias para evitar que se sigan presentando estas injusticias. Finalmente, al analizar esta compleja cuestión, no sólo no debemos pensar a la ligera, sino que es indispensable tener sensibilidad y colocarnos en el lugar de la víctima, saber que existe la posibilidad de que nuestros seres queridos pudieran sufrir este tipo de agresiones, o bien el hecho de experimentar el trauma de los niños, jóvenes y aún de los adultos que sufren una agresión física, sexual o psicoemocional por alguno de los miembros de su familia. Es por ello el interés de abordar este tema en la investigación, pues a todos nos corresponde velar por el bienestar de la sociedad en la que nos desarrollamos, pero es a los jóvenes principalmente los que les corresponda luchar y poner un freno a las injusticias que viven los habitantes de nuestro país, pues creo que ya es momento de dejar de ser simples espectadores de un problema tan grave que afecta a toda nuestra sociedad y es claro que si queremos vivir armónicamente, no podemos dejar que este problema destruya la célula de la sociedad: La Familia.Tesis de licenciatura Adicinar al Artículo 526 del Código Civil de Puebla la filiación de los hijos nacidos de técnicas de reproducción asistida(Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, 2009) Palestina Carrillo, Mercedes; Flores Salgado, Lucerito Ludmila; Alfaro Pérez, Raymundo"Por lo que en el presente trabajo se propone para el análisis del tema propuesto los siguientes apartados: En el Capítulo 1, que las técnicas de reproducción asistida, se han practicado desde la historia antigua, siendo más contempladas dentro de la Biblia, el levirato judío, y el Corán, así mismo se mencionan los puntos de vista de diversas religiones y punto de vista científico, y se analizan los conceptos de moral, religión y ética. En el capítulo II, se define que es la infertilidad, las causas que la propician, mencionando también las diversas técnicas de reproducción asistida existentes, el procedimiento para realizarlas, los conceptos de cada una de ellas y estableciéndose cuál es la técnica más usada en la actualidad. En el Capítulo III, se habla de los aspectos relacionados al parentesco, filiación, paternidad, maternidad, indicando cuales son las consecuencias jurídicas que nacen de las mismas, mismas que nos conllevan al tema de estudio, respecto a la filiación en el entendido de los hijos nacidos por las técnicas de reproducción asistida, tomándose en consideración los países que contienen legislaciones que regulan las técnicas de reproducción y que en nuestro país ya existen cuatro legislaciones estatales que contemplan ya en sus respectivas codificaciones el aspecto relativo a la filiación de los hijos producto de las técnicas de reproducción asistida, siendo este el objetivo del presente trabajo de investigación que en nuestra codificación quede también establecido de la manera como en el presente trabajo ha quedado señalado."Tesis de licenciatura Adición al artículo 304 Bis del Código de Defensa Social para el Estado, para el efecto de contemplar el secuestro express y el autosecuestro, como modalidades del delito de secuestro(Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, 2007) Morales Aguilar, Claudia; Ávila Caso, José Francisco"Abordaré lo relativo a los antecedentes históricos del delito de secuestro, ya que desde la antigüedad el secuestro se usó para extorsionar a la Sociedad, pues las tribus vikingas, las célticas y germanas usaban constantemente este delito y el rapto de mujeres para conseguir fines diversos, así como también se contempla la privación ilegal de la libertad, el derecho positivo que lo regula tomando como punto de partida lo expuesto por nuestra Carta Magna, el aspecto Internacional, las leyes federales y estatales. Particularmente por lo que respecta a los elementos del autosecuestro, atendiendo a lo que es la conducta, el tipo, la tipicidad, el resultado, los sujetos, el objeto tanto jurídico como material, la culpabilidad y la itercriminis entre otros. Realizando un breve estudio sobre la punibilidad, sus antecedentes, la pena, y por cuanto hace al daño moral y material considero importante que dentro de un proceso en vía de ejecución de sentencia, es importante resaltar las garantías propias que tiene el agraviado dentro del artículo 20 Constitucional en su aparatado b), como lo es el derecho a ser indemnizado a la reparación del daño, de ahí la importancia a la que alude dicho precepto legal. El presente estudio se hace con la finalidad de que estás conductas sean contempladas como modalidades del delito de secuestro, como lo son el secuestro express y el autosecuestro."Tesis de licenciatura Adición al artículo 32 del reglamento del consejo técnico de adopción del desarrollo integral de la familia(Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, 2006) Rodríguez Caudillo Edgar Arturo; Flores Vázquez IrmaEl trabajo que presento a continuación, tiene como finalidad analizar: la evolución que ha sufrido la adopción durante el paso del tiempo; así como los cambios hechos a la concepción legal de la misma y la trascendencia que tiene para la familia, como una forma artificial de crear un vinculo legal entre padres e hijos, adoptante y adoptado respectivamente. En México, al estudiar a fondo la institución Jurídica de la adopción, podemos darnos cuenta que en nuestro país y en otros mas "no existen mecanismos idóneos para que realmente se apliquen los principios que rigen el procedimiento y seguimiento de la adopción. La adopción internacional como forma especial para adoptar, fue lo que mas me motivo a realizar este trabajo. Para mi dicha institución jurídica puede ser una buena forma de crear lazos de filiación mas allá de nuestras fronteras, en la medida que se neutralicen los riesgos que puedan sufrir los menores mexicanos dados en adopción a padres adoptivos extranjeros, analizando profundamente los diferentes problemas que pueden presentarse tratándose de los extranjeros y en general todas aquellas personas que deseen adoptar aun menor. Se deben buscar y encontrar protecciones para estos menores adoptados evitando que esta noble institución sea utilizada para fines contrarios a la naturaleza de la misma.Tesina Adición al Artículo 347 del Código de Defensa Social del Estado respecto de los adultos mayores(Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, 2010) Juárez Torres, Gregorio; Aguas Cruz, José Antonio"La familia es, ha sido, y será una de las bases estructurales más sólidas que forman a la sociedad moderna, ya sea integrada en forma legal a través de la institución jurídica del matrimonio, o bien del concubinato. De igual forma, se ha dicho que el hombre, al formar parte de la sociedad, y siendo esta un producto del mismo, se encuentra en una estrecha vinculación con las normas jurídicas que regulan el quehacer humano, en consecuencia al vivir el hombre dentro de un complejo normativo es necesario respetarlas para salvaguardar los bienes jurídicos que ha tratado de proteger el legislador. Para proteger a la institución jurídica de personas en materia penal el legislador creó el tipo de abandono de personas, a lo que dice al que abandone a un niño incapaz de cuidarse a sí mismo o a una persona enferma, teniendo obligación de cuidarlos, se le impondrá de un mes a cuatro años de prisión y se le privará de la patria potestad o de la tutela, si ejerciera uno de esos cargos. De lo anterior se desprende que las personas que se encuentran obligadas a proporcionar los recursos necesarios para la subsistencia, son los ascendientes."Tesis de licenciatura Adición al artículo 638 del código civil para el estado libre y soberano de Puebla(Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, 2004) Cocoletzi García, Martha"La patria protestad nace desde el momento en que existe una relación jurídica entre padres e hijos, como consecuencia del hecho natural del nacimiento, por lo que en este sentido no puede hacerse referencia sólo a los padres, ni tampoco debe limitarse a los deberes, derechos y obligaciones de éstos, pues en la relación jurídica existen dos o más partes, y en la patria protestad la otra parte son los hijos. Desde el punto de vista de los progenitores o de los abuelos, el conjunto de deberes, obligaciones y derechos recibe el nombre de patria potestad, desde el punto de vista de los hijos aun cuando no exista la forma de definir este tipo de relación pero en su contenido existe una responsabilidad filial. En la antigüedad la patria potestad tenia un sentido absoluto, a tal grado que actualmente no existe un poder absoluto sobre el padre ni de él sobre los bienes del hijo, sino por el contrario existe un conjunto de deberes, obligaciones y derechos por parte de ambos progenitores en beneficio de los hijos y viceversa. La patria protestad es una función permanente y que no admite interrupciones, de tal forma que cuando alguno de los cónyuges o alguno de los progenitores tuviere alguna imposibilidad para cumplir con sus deberes, el otro deberá ejercerla. El que cuida o custodia al hijo, necesariamente desde el punto de vista jurídico, será quien ejerza la patria protestad preferentemente sin que signifique que al otro se le libera de las obligaciones las que conserva en beneficio del menor, pues la patria potestad es de interés público y tiene un sentido de protección y cuidado hacia el menor, estableciéndose un beneficio al mismo."Tesis de licenciatura Adición al articulo 69 del código de procedimientos en materia de defensa social para el estado de Puebla de los delitos previstos en los articulos 307 y 308 fracciones lll, lV, V del código de defensa social, cometidos con dolo.(Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, 2006) Mendoza Cortés , Víctor FelipeNuestro país necesita que se establezcan normas satisfactorias que concilien el respeto a los derechos humanos con el interés de la sociedad.Tesis de licenciatura Adición de la fracción XII al artículo 66 de la ley de seguridad pública del Estado de Puebla.(Benemérita Universidad Autónoma de Puebla., 2007) Pérez Cuatecontzi, Fernando; Tirado Ramírez, Juan Francisco; Cabrera Lara, María Teresa Mónica''El tiempo prolongado de veinticuatro horas que los elementos de seguridad pública municipal de Puebla laboran para desempeñarse como tal, les resulta cansado, desgastarte. Lo que conlleva a un daño tanto físico como mental a las personas que laboran en esta materia de la administración pública, y esto al no estar debidamente alimentados, al no contar con el tiempo adecuado para descansar, puesto que las siguientes veinticuatro horas que toma como descanso no es suficiente para poder recuperar fuerzas, ya que, como personas o ciudadanos, también desarrollan otros roles sociales. Circunstancias que permite la disminución de su rendimiento dentro de su trabajo, y esta a su vez no sería eficiente. Lo que sea manifestado en el descontento de la ciudadanía y de los mismos uniformados, caso que se contra poner con nuestro derecho, esto debido a que la Ley Federal del Trabajo, como la Ley de los Servidores Público al Servicio del Estado; establecen como máximo una jornada de trabajo de ocho horas, Situación que es un problema, y que hoy en día aun no sea tratado a fin de poder contribuir al mejoramiento de la seguridad pública, y condiciones de trabajo de los policías.''Tesis de licenciatura Adición de la fracción XVII del código civil del del estado de Puebla(Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, 2007) Camarillo Martínez, Guadalupe; Moreno Sanchez, Carlos Antonio/Toledo Mazariegos, Alma DeliaEn la actualidad no se cuenta con un procedimiento mas practico que aporte opciones a la sociedad para solventar fácil, rápido y de manera justa sus controversias o conflictosTesis de licenciatura Adición de un párrafo al artículo 454 Fracción VIII del código civil del Estado de Puebla por lo que prevé la nueva Ley General de acceso a las mujeres a una vida libre de violencia(Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, 2007) Díaz Hernández, José Ismael; Toledo Mazariegos, Alma Delia; Moreno Sánchez, Carlos Antonio"Este trabajo se encuentra elaborado en tres capítulos, el primero menciona los antecedentes más importantes del divorcio, pero para hablar de él, tenemos que mencionar los conceptos de matrimonio y familia, ya que son de estos de donde se desprende el divorcio, de la misma manera en el presente capítulo se presenta el proyecto de ley que se discutió en el congreso, y que tuvo como decreto a la ley general de acceso a las mujeres a una vida libre de violencia. En el segundo capítulo abordé acerca de los derechos que le confiere a la mujer la ley general de acceso a las mujeres a una vida libre de violencia; se determinará la relación que tiene esta ley con el artículo 454 en fracción octava del Código Civil Del Estado. En el tercer capítulo mencione los derechos de la mujer para su protección en contra de la violencia y las políticas que sigue el Estado para prevenirla además de tocar a la convención internacional para la eliminación de todas las formas de discriminación realizada a la mujer. Al final de este trabajo de investigación encontrarán la conclusión y la propuesta de adición al artículo 454 en su fracción VIII de nuestra ley civil."Tesis de licenciatura Adición del artículo 408 BIS al código de procedimientos en materia de defensa social para el Estado de Puebla(Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, 2007) Gabriel Olivares, José Guadalupe; Ramirez Polo, María Dolores; Trejo Santos, Enrique"No es novedoso afirmar que el sistema judicial en nuestro país se encuentra totalmente colapsado. Entre las posibles causas que originan esta crisis podríamos mencionar: la sobrecarga de los tribunales, el abarrotamiento de expedientes, las demoras, la burocratización, la falta de presupuesto, la ausencia de tecnificación, informatización, etc. Pero hay un factor fundamental que contribuye a esta crisis: el Código de Procedimientos en Materia de Defensa Social para el Estado de Puebla; nuestra normativa procesal vigente mantiene presupuestos que no dan respuesta satisfactoria a la sociedad y que no contribuyen a solucionar ni a disminuir los conflictos. Tampoco lo es que el sistema penal no satisface verdaderamente los intereses de las partes que se someten a un proceso judicial, es decir, no resuelve los conflictos. Las personas son sujetos actores y protagonistas de actos, acontecimientos que se van entretejiendo a modo de redes de múltiples historias que se sostienen por mitos, creencias, argumentos e ilusiones cargadas a su vez de emociones. Y estas circunstancias se plasman muchas veces en los procedimientos judiciales. Éstos, suelen resultar costosos, penosos y extensos, asegurándose de esta manera el sufrimiento para ambas partes. Sumado a ello, existe una circunstancia que no puede dejar de mencionarse y es que, por sus propias características, el derecho penal actúa en la mayoría de las ocasiones con total independencia de la voluntad de las partes de un proceso. Ahora bien, más allá de las posibles causas de este "fracaso", trataremos en el presente trabajo de presentar una alternativa distinta a esta realidad: la Mediación Penal como solución de conflictos, así como los medios de apremio que se requieren para el total cumplimiento de los convenios creados mediante este procedimiento."Tesina Adición del inciso "Ñ" a la fracción 1 del artículo 19 de la ley orgánica de la procuraduría general de justicia en el estado de Puebla(Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, 2010) Tabaco Periañez, Carlos Ricardo; Ramírez Polo, María DoloresEste trabajo presenta una investigación dividida en tres capítulos sobre el Ministerio Público y su evolución a lo largo de la historia. El primer capítulo aborda la fundación del Ministerio Público desde la época Pre-Cortesiana, Colonial hasta el México Independiente y Revolucionario, destacando su importancia en la procuración de justicia. El segundo capítulo se enfoca en las funciones y atribuciones del Ministerio Público, subrayando su rol crucial en la investigación de delitos, la acreditación del cuerpo del delito y la probable responsabilidad del acusado, siempre dentro del marco legal, con el objetivo de garantizar una justicia veraz y confiable. El tercer capítulo analiza la importancia de los derechos y garantías tanto de la víctima como del victimario, tal como lo establece la Constitución y el Código de Procedimientos en Materia de Defensa Social para el Estado de Puebla. En este capítulo se señala la negativa del Ministerio Público a reconocer ciertos derechos indispensables, los cuales son necesarios para una impartición de justicia eficaz, razonable y legal, destacando la importancia de una adecuada defensa desde el inicio de la averiguación previa y la consignación del caso.Tesis de licenciatura Adopción por extranjeros(Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, 2010) Martínez Pastrana, Mario Alberto; Ponce Gómez, Miriam Olga; Nares Rodriguez, Guillermo"La adopción en sí, como institución del Derecho Civil, tiene antecedentes y raíces muy antiguas. Se tienen los primeros antecedentes en el Derecho de la Antigua Roma donde coexistan la adrogatio y la adopción, solo que no era considerada como institución civil dedicada a la protección y cuidado del menor. El fin primordial era el de continuar y perpetuar la decadencia y en algunos casos las dinastías. Así, por ejemplo, emperadores como Tiberio y Nerón fueron hijos adoptivos; y eran principalmente púberes y normalmente del sexo masculino. Por lo que se refiere al Derecho Mexicano dentro de este se comenzó a tratar a la figura de la adopción dentro de los Códigos Civiles de 1870 y 1884 pero no era conocida como tal, sino más bien se mencionaba lo referente a la tutela de los hijos abandonados y al reconocimiento de hijos nacidos fuera del matrimonio. Poco después el Código Civil de 1828 que se encuentra vigente en la actualidad se considera a la adopción como una institución de suma importancia dentro del ámbito de Derecho Mexicano."Tesis de licenciatura Afores de violación flagrante de los derechos laborales del trabajador(Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, 2006) Tecuapetla Palafox, Ramon Xicotencatl; Flores Vasquez, Irma"El Estado Mexicano que nació de la revolución de 1910-1917, reivindicó como objetivo garantizar el pleno empleo, sin que esto se concretara, pues existió siempre un ejército de desocupados. La fuerte emigración del campo hacia los centros urbanos desde 1946 con la industrialización del país y la reestructuración de la producción agropecuaria que se orientó a la producción de cultivos forrajeros y de exportación, incrementó la demanda de empleo y el número de desocupados; los empresarios utilizaron esta situación tornando más precarias las condiciones de vida, de los trabajadores que aún conservaban su empleo. Actualmente, la población reciente una doble agresión, por un lado, una política económica que niega a la mayoría el derecho al empleo y lo condena a obtener ingresos cada vez más precarios, aumentando el número de pobres e indigentes; y por otro, el abandono de la política social. Desde la década de los ochentas, momento en que inicia la aplicación del modelo neoliberal, está en marcha la privatización del sistema educativo, de la salud pública, de los fondos de retiro, de las jubilaciones y pensiones y de los fondos de vivienda. Los recursos presupuestales de los últimos años, se han destinado en su mayor parte al pago de la duda pública interna y externa; a los rescates financieros y a brindar las mejores condiciones al capital para el incremento de la ganancias y la sobreexplotación de los trabajadores; así como para el desarrollo de programas asistencialistas que llevan una doble intención: contener la inconformidad de las zonas de mayor marginalidad y generar condiciones para privatizar y destruir los sistemas de seguridad social. El gobierno, los patrones, los legisladores y los dirigentes sindicales charros, dicen que no hay otra alternativa más que la privatización, en el caso de la seguridad social, de nuestros fondos pensionarios, de la salud y de la vivienda principalmente. Ahora de manera impúdica reforman nuevamente la Ley del Seguro Social para afectar a nuestro Régimen de Jubilaciones y Pensiones, con la que EN REALIDAD afectan a TODOS LOS TRABAJADORES, no solo a los del IMSS, porque la Ley del Seguro Social se aplica a TODOS los trabajadores afiliados a esta institución. Todas las acciones del actual gobierno y de los dos sexenios anteriores van encaminadas a privatizar al IMSS, y si lo consiguen a través de la nueva reforma a la Ley del IMSS, cada trabajador deberá contar con un seguro médico individual que estará en función de sus aportaciones, que será un SEGURO MEDICO MINIMO a semejanza del SEGURO POPULAR, que no incluiría los servicios de especialidad ni de cirugía mayor, por lo que todos estos servicios deberá pagarse, siendo que actualmente no tienen costo para la clase trabajadora afiliada al IMSS. Para finalizar hay que recordar lo que sucedió con el sistema de pensiones al lesionar los derechos de los pensionados y demás trabajadores cambiando el sistema por el de Afores que simplemente es una forma de violación de los de derechos laborales de los trabajadores sin que se pueda aún remediar."